Procurador, es una profesión basada en la confianza, es un mandatario, un representante que actúa por el litigante.
En su nombre está en el procedimiento realizando cualquier acto para el buen fin del litigio. Es un profesional con una lex artis que le es propia, procesalista con una doble función, privada en aras a que su cliente tenga una tutela judicial efectiva y publica de auxilio a los tribunales.
Su función en los actos de comunicación dinamiza el proceso muy sensiblemente, su conocimiento de las circunstancias de cada caso le convierte en una pieza esencial para no caer en aquello que dijo Séneca «una justicia tardía no es justicia». Además su función de ser el nexo entre el tribunal y el cliente facilita la labor de los Juzgados, es esta una misión fundamental de la procura, la gestión directa, profesional, con conocimiento de toda la doctrina menor.
Ahora los medios telemáticos, la necesaria técnificacion, el conocimiento de los requisitos, le ha dado un reconocimiento aún mayor. Atrás quedan los momentos del fax y la olivetti, estamos en la era de la tecnología, nos convertimos hace ya mucho tiempo, fuimos pioneros en lex net, una transición que la Procura vivió en silencio, pacíficamente, con grandes profesionales siempre alerta a los cambios, dinamicos.
Ahora asentandonos en Europa, la ejecución de lo Juzgado, ese derecho o deber constitucional, debe quedar en nuestras manos.
